El 29 de mayo se publicó publicado la Orden HAC/529/2026, de 7 de mayo, que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025
A partir del 11 de mayo, se han incorporado en los datos fiscales de 2025 los intereses de demora abonados a los mutualistas por las devoluciones efectuadas en aplicación de la disposición transitoria segunda de la Ley del IRPF, es recomendable revisar las autoliquidaciones que se han presentado cuando aún no estaban incorporados dichos intereses de demora en los datos fiscales, y volver a descargarlos para, en su caso, rectificar dichas declaraciones lo antes posible.
Les informamos de la Resolución del TEAC, de 14 de mayo de 2026, en la que el Tribunal, una vez más, tiene que analizar si una operación acogida al régimen de reestructuración empresarial, en esta ocasión una aportación no dineraria de participaciones por persona física a una entidad, puede aplicar el diferimiento por la ganancia obtenida por existir motivo económico válido.
El 27 de mayo se publicó el BOE el Real Decreto-ley 12/2026 por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público.
El 18 de mayo se publicó el BOE la Orden HAC/484/2026, que modifica para el período impositivo 2025 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
El TEAC, en Resolución de 30 de abril de 2026 se pronuncia sobre el importe que se puede embargar del saldo de una cuenta bancaria en la que, además de abonarse el sueldo, salario o pensión se ingresan otras cantidades que sí son embargables.
El 11 de mayo se publicó en el BOE elDecreto-ley 7/2025, de 23 de diciembre que, amplía hasta el día 31 de diciembre de 2026, el tipo cero del Impuesto General Indirecto Canario, aplicable a las entregas o importaciones de bienes y servicios, excluidos los bienes inmuebles, los necesarios para la reposición, recuperación, o reactivación de las actividades empresariales o profesionales, incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras, y las actividades culturales, sanitarias, educativas, científicas, deportivas, sociales o religiosas, en aquellos casos en los que las construcciones, instalaciones o explotaciones en las que se desarrollaban estas actividades hayan sido destruidas o dañadas directamente por la erupción volcánica.
La Resolución del TEAC del 7 de abril, determina que no procede aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual cuando el propietario del inmueble la transmite como consecuencia del traslado al extranjero por motivos laborales.
La Sentencia del Tribunal Supremo nº 620/2026, de 19 de mayo, anula gran parte del Real Decreto 1312/2024, que obligaba a los propietarios de viviendas de alquiler de corta duración (como viviendas vacacionales o turísticas) a obtener un número de registro mediante el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles para poder anunciarse en plataformas como Airbnb o Booking.
El Tribunal Supremo considera que el Gobierno se excedió al crear un sistema obligatorio de inscripción y control que iba más allá de lo previsto en el Reglamento Europeo 2024/1028, un sistema registral y de control mucho más amplio de lo que la normativa europea permitía, imponiendo cargas y requisitos adicionales a propietarios y plataformas digitales sin cobertura legal suficiente. Con ello anula los artículos que regulaban:
- el procedimiento de registro único,
- la obligación de inscripción previa,
- las funciones de control de los registradores,
- y las obligaciones impuestas a las plataformas digitales.
Como consecuencia, ya no puede exigirse este registro estatal obligatorio para publicar alojamientos de corta duración en plataformas online, ni hacer el suministro anual de información de alquileres.
https://www.poderjudicial.es/search/openDocument/f18c23121850d42fa0a8778d75e36f0d
Sin embargo, siguen vigentes las normas autonómicas, licencias turísticas y demás obligaciones administrativas o fiscales aplicables a las viviendas vacacionales.
JURIDICO
Decreto-ley 6/2025, de 15 de diciembre, de medidas urgentes para la modificación de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y de la Ley 4/2022, de 31 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Canarias.
PDF (BOE-A-2026-10118 – 8 págs. – 231 KB)
Introduce dos medidas:
- Prórroga para Sociedades Cooperativas: Otorga un año adicional a las cooperativas constituidas antes del 10 de enero de 2023. La fecha límite para adaptar sus escrituras y estatutos a la Ley 4/2022 se amplía hasta el 10 de enero de 2027. Con esto se evita la disolución automática y liquidación de las entidades que no llegaron al plazo inicial.
- Modificaciones en la Ley del Suelo (Ley 4/2017): Introduce medidas orientadas a agilizar y flexibilizar la tramitación de los planes de ordenación. El objetivo es evitar la paralización y caducidad de los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico, garantizando la seguridad jurídica en la gestión del suelo.
Registro Mercantil. Modelos de cuentas anuales
Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.
PDF (BOE-A-2026-11582 – 95 págs. – 2.879 KB)
Resolución de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, referida a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación.
PDF (BOE-A-2026-11581 – 310 págs. – 13.949 KB)
El BOE de 29 de mayo de 2026 publica dos resoluciones de 19 de mayo de 2026 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública referidas a los modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales y de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación. Ambas resoluciones actualizan los modelos aprobados en 2025 y adaptan su contenido a cambios recientes de la normativa contable y tributaria.
La utilización de los modelos aprobados será obligatoria para las cuentas anuales formuladas y aprobadas que se presenten en el Registro Mercantil para su depósito con posterioridad a la publicación de estas resoluciones en el BOE.
Principales cambios en los modelos
Desaparece la referencia al CNAE 2009. Los nuevos modelos eliminan toda mención al CNAE09 y mantienen únicamente el CNAE 2025, en línea con el Real Decreto 10/2025, de 14 de enero.
Nueva información fiscal en la memoria. En las cuentas individuales se modifica la nota 12 de la memoria, y en las consolidadas la nota 19, para adaptarlas a la exención temporal de reconocimiento de activos y pasivos por impuestos diferidos vinculada a la implantación del impuesto complementario y sus efectos sobre el PGC y sobre las normas de formulación de cuentas anuales consolidadas.
Informe sobre impuesto sobre sociedades por países. Se incorpora un nuevo modelo normalizado de información relativa al impuesto sobre sociedades, con presentación por países, y se añade en la solicitud de presentación un box específico para indicar si la empresa o el grupo presentan este informe.
Actualización de tests y formatos electrónicos. También se eliminan en los test de errores las referencias al código CNAE09. En el caso de las cuentas consolidadas, la resolución incorpora además una referencia expresa al formato electrónico único europeo (ESEF) cuando el grupo opte por presentar las cuentas en ese formato por aplicar las NIC/NIIF.
Las resoluciones añaden una mención informativa en la certificación de aprobación de las cuentas anuales sobre el uso de la previsión de reformulación de cuentas anuales contenida en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 4/2025, de 8 de abril.
Asimismo, se prevé la publicidad de la última versión de los modelos en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, sin perjuicio de la difusión que realice el Colegio de Registradores.
La actualización afecta tanto a sociedades que depositan cuentas individuales como a grupos obligados al depósito de cuentas consolidadas. En la práctica, los sujetos obligados deberán revisar el código CNAE utilizado, las nuevas exigencias de información fiscal en memoria y, en su caso, la obligación de incorporar el informe público relativo al impuesto sobre sociedades por países.
Sociedades cooperativas. Legalización de libros
Orden TES/539/2026, de 25 de mayo, por la que se regula la legalización en formato electrónico de libros en el ámbito del Registro de Sociedades Cooperativas.
PDF (BOE-A-2026-11699 – 5 págs. – 212 KB)
La principal novedad de la Orden TES/539/2026, de 25 de mayo, es que establece por primera vez un procedimiento completo y obligatorio de legalización electrónica de libros para las cooperativas inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas estatal, adaptando el sistema a la administración electrónica prevista en la Ley 39/2015.
Principales cambios y novedades.
1. Legalización exclusivamente electrónica.
Los libros deberán presentarse a través del Sistema de Información del Registro de Cooperativas mediante medios electrónicos. La solicitud deberá estar firmada electrónicamente por una persona con facultades suficientes.
2. Prohibición de legalizar libros en blanco.
Se abandona definitivamente el sistema tradicional de legalización previa de libros vacíos. Los libros deberán presentarse ya cumplimentados para su legalización.
3. Determinación expresa de los libros afectados.
La orden identifica los libros que pueden o deben legalizarse electrónicamente:
- Libro registro de socios.
- Libro registro de aportaciones al capital social.
- Libros de actas.
- Libro diario.
- Libro de inventarios y cuentas anuales.
- Otros libros exigidos legalmente
Decreto-ley 6/2025, de 15 de diciembre, de medidas urgentes para la modificación de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y de la Ley 4/2022, de 31 de octubre, de Sociedades Cooperativas de Canarias.
PDF (BOE-A-2026-10118 – 8 págs. – 231 KB)
Introduce dos medidas:
- Prórroga para Sociedades Cooperativas: Otorga un año adicional a las cooperativas constituidas antes del 10 de enero de 2023. La fecha límite para adaptar sus escrituras y estatutos a la Ley 4/2022 se amplía hasta el 10 de enero de 2027. Con esto se evita la disolución automática y liquidación de las entidades que no llegaron al plazo inicial.
- Modificaciones en la Ley del Suelo (Ley 4/2017): Introduce medidas orientadas a agilizar y flexibilizar la tramitación de los planes de ordenación. El objetivo es evitar la paralización y caducidad de los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico, garantizando la seguridad jurídica en la gestión del suelo.
LABORAL
Resolución de 8 de mayo de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el proceso de autoevaluación y certificación de la formación en materia preventiva realizada por las personas trabajadoras en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/15/pdfs/BOE-A-2026-10584.pdf
Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible y otros aspectos comunes a las modalidades de compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo, y se modifica el régimen de la jubilación demorada. https://www.boe.es/boe/dias/2026/05/28/pdfs/BOE-A-2026-11474.pdf
