BOLETÍN INFORMATIVO

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GESTIÓN

Proyecto de Orden por la que se regula la SOLUCIÓN PÚBLICA DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Puedes acceder al texto pinchando aquí.

Según este proyecto, el sistema de facturación electrónica obligatoria para empresarios y profesionales será a partir de:

  • Si el volumen de operaciones excede de 8.000.000€: 1 de octubre de 2027
  • Si el volumen de operaciones no excede de 8.000.000€: 1 de octubre de 2028

La solución pública de facturación electrónica estará disponible en la sede electrónica de la AEAT, al menos 2 meses antes de la primera aplicación efectiva.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha publicado en su página web la Instrucción 1-2026, que modifica la Instrucción 1/2023, sobre las garantías necesarias para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, para acomodar la redacción a la sentencia de la Audiencia Nacional de 17 de marzo de 2025.

Ahora se admite, respecto a la tasación de bienes inmuebles, que la misma pueda ser realizada por profesionales cualificados, aunque no estén inscritos en registros específicos, siempre que el informe esté debidamente fundamentado y sea técnicamente solvente. En concreto: “en el caso de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento, cuando exista un registro de empresas o profesionales especializados en la valoración de un determinado tipo de bienes, la valoración deberá de efectuarse, preferentemente, por una empresa o profesional inscrito en dicho registro”.

Aunque la normativa establecía que la valoración debía realizarse preferentemente por entidades o profesionales inscritos en registros oficiales, en la práctica este requisito se había convertido en una exigencia casi obligatoria. Esta interpretación restrictiva fue cuestionada por la Audiencia Nacional, al considerar que limitaba de forma indebida los medios de prueba admisible.

Ley 9/2025, de 23 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2026 (fecha de publicación 03/04/2026)

Los Presupuestos de Canarias para 2026 se aprueban en un entorno de incertidumbre económica internacional y nacional, pero con previsiones de crecimiento moderado para la economía canaria. En este marco, el Gobierno autonómico mantiene una estrategia de prudencia fiscal, cumplimiento de las reglas europeas y refuerzo del estado del bienestar.

Las principales medidas fiscales adoptadas son:

IGIC e ITP-AJD en materia de vivienda

Se refuerzan los incentivos fiscales dirigidos a facilitar el acceso a la vivienda habitual:

 • Mejora de los tipos reducidos en la compra de vivienda habitual.

• Aumento significativo de los límites de renta para acceder a estos tipos reducidos.

• Ampliación del límite de edad del comprador: De 35 a 40 años cuando el beneficio fiscal depende de la edad.

IRPF

Se introducen varias mejoras relevantes en el tramo autonómico del IRPF:

 • Actualización de los límites de bases imponibles de diversas deducciones autonómicas.

 • Nueva deducción por inversión en acciones o participaciones en entidades canarias de nueva o reciente creación, con el objetivo de fomentar el emprendimiento y la inversión local. • Deflactación completa de la tarifa autonómica.

 IGIC

 • Nuevo tipo específico del 1 % aplicable al petróleo y productos derivados del refino, incluso mezclados con biocarburantes.

• Incremento de la tributación de bebidas energéticas y bebidas refrescantes con azúcares añadidos, con un sistema gradual según el contenido de azúcar.

 • Inclusión de las camas médicas, electromédicas y hospitalarias para el tipo cero del IGIC.

• Prórroga del tipo cero para determinados bienes destinados a la actividad ganadera.

Entrada en vigor: 01/01/2026

https://www.boe.es/eli/es-cn/l/2025/12/23/9

Medidas tributarias en Canarias como consecuencia de la crisis en Oriente Medio
Decreto ley 3/2026, de 6 de abril, por el que se adoptan medidas como consecuencia de la crisis en Oriente Medio (BOC nº 66 de 07/04/2026).
El presente Decreto ley incluye un conjunto de medidas tributarias autonómicas para hacer frente a las consecuencias más inmediatas provocadas por el conflicto en Oriente Medio y mitigar su impacto en los precios de la energía, los combustibles, el transporte y los bienes básicos … →

La base de la devolución parcial del Impuesto sobre combustibles a agricultores y transportistas se determinará en función del consumo real desde el 1 de mayo de 2026
Orden de 23 de abril de 2026, por la que se fija la entrada en vigor de la devolución parcial, con base en el consumo real, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo a agricultores y transportistas, y se modifica la Orden de 2 de diciembre de 2008, por la que se establecen las condiciones, los requisitos, el procedimiento y los módulos de consumo medio para la práctica de la devolución parcial de la cuota del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo (BOC nº 83 de 30/04/2026)… →

JURIDICO

Código Penal. Enjuiciamiento Criminal

Ley Orgánica 1/2026, de 8 de abril, en materia de multirreincidencia, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.

PDF (BOE-A-2026-7966 – 6 págs. – 228 KB)

La norma realiza varias modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento criminal, por las que se refuerzan las medidas cautelares (como prohibición de residir en determinados lugares o de acudir a ciertos espacios), mayor intervención de Administraciones públicas como los Ayuntamientos para ejercer la acción penal en delitos de hurto, respuesta rápida ante delincuencia leve reiterada, todo ello de forma paralela al endurecimiento de penas en los casos de multirreincidencia operado en el Código Penal.

Economía social

Ley 1/2026, de 8 de abril, integral de impulso de la economía social.

PDF (BOE-A-2026-7967 – 51 págs. – 510 KB)

Supone una reordenación del sistema completo de economía social, pues modifica la Ley de Economía Social, la Ley de Cooperativas y la Ley de Empresas de Inserción, operando un refuerzo del modelo de economía social:

  • Impulsa nuevas formas económicas: Cooperativas de vivienda (en cesión de uso), comunidades energéticas, comercio justo, economía de cuidados y circular.
  • Inclusión social y empleo: Refuerza el papel de empresas de inserción y Centros Especiales de Empleo.
  • Mejora la coordinación entre servicios sociales y políticas de empleo.
  • Reformas en digitalización, formación en cooperativas.
  • Se refuerza la Igualdad de Género y Gobernanza.
  • Impulso mediante financiación pública e incentivos y bonificaciones.

Medidas urgentes

Real Decreto-ley 9/2026, de 14 de abril, de medidas urgentes en materia de transporte.

PDF (BOE-A-2026-8283 – 18 págs. – 341 KB)

Modifica la Ley 15/2009 e Introduce la revisión obligatoria del precio del precio por variación del combustible y establece la obligación de desglosar en la factura el coste del combustible y amplía ayudas al transporte marítimo regular.

Pesca marítima

Real Decreto 362/2026, de 29 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y el Mediterráneo.

PDF (BOE-A-2026-9436 – 15 págs. – 276 KB)

Recoge el incremento de cuotas y nuevo reparto, con mayor volumen total disponible en la cuota española, reparto más flexible y ajustado a criterios socioeconómicos e impacto local. Asimismo crea una reserva de cuota estatal de un 3,28% ampliable hasta el 10%.  

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