El BOE publicó el Real Decreto-ley 2/2026, que incluía las medidas tributarias que decayeron por la no convalidación del Real Decreto-ley 16/2025. Para que esta norma entrar en vigor tenía que convalidarse por el Congreso de los Diputados en un plazo de 30 días. Finalmente no ha sido convalidado, y por lo tanto, hay que esperar si las medidas decaídas pasan a incorporarse en otras normas o bien, a las posibles interpretaciones administrativas que pudieran mantener la aplicación de alguna de ellas, como ya sucedió tras la no convalidación del Real Decreto-ley 9/2024, por ejemplo, respecto a la prórroga del régimen de módulos o de los incentivos fiscales a la movilidad eléctrica y a las energías renovables.
El Real Decreto-ley 3/2026, para la revalorización de las pensiones públicas, sí se ha convalidado y, por consiguiente, no estarán obligados a presentar el Impuesto sobre la renta quienes perciben prestaciones por desempleo.
El 27 de febrero se publicó en el BOE la Orden HAC/132/2026, que aprueba la relación de valores negociados en centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2025, a efectos de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2025.
El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad planteada sobre el valor de referencia.
La consultaV1261-25, que interpreta que la ganancia patrimonial derivada de la donación de la vivienda habitual por mayores de 65 años está exenta en el IRPF.
El próximo día 2 de abril de 2026 los poderes inscritos en el Registro de apoderamientos de la AEAT -otorgados o recibidos antes del 2 de abril de 2021- perderán su efectividad. (Te recuerdo que desde la entrada en vigor el 2 de abril de 2021 de la Ley 39/2015 los poderes que se inscriben en el Registro de apoderamientos de la AEAT tienen un periodo máximo de vigencia de 5 años). Se ha puesto a disposición de los poderdantes la posibilidad de prorrogar antes del día 2 de abril de 2026 dichos apoderamientos por un plazo de hasta 5 años, previa autenticación, por los cauces ordinarios a través de la Sede Electrónica: (Colaborar con la Agencia Tributaria > Registro de apoderamientos > Consulta, prórroga y revocación de apoderamientos otorgados) o, bien, a través de Mis Expedientes/Mis alertas.
Está disponible una opción para realizar simultáneamente la prórroga de todos los poderes que vayan a caducar en los próximos dos meses.
En caso de no realizar la prórroga antes del 2 de abril de 2026, si se necesita hacer uso de los apoderamientos, podrán inscribirse nuevos apoderamientos en el Registro de Apoderamientos de la AEAT, o bien, utilizar los apoderamientos que se tengan en vigor en el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado y que sean válidos para actúa ante la Agencia Tributaria.
Resolución del TEAC nº 4119/2025, en la que se interpreta que los contribuyentes no residentes que tributan por el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas podrán aplicar el límite de la cuota íntegra, que hasta ahora solo aplicaban los residentes.
En el portal web de a Agencia Tributaria Canaria, han creado una página donde puedes consultar los tipos impositivos del IGIC y AIEM que se aplican a la importación de las mercancías más frecuentes que se introducen en Canarias … >>
JURÍDICO
CANAL DENUNCIAS
Les recordamos que desde la promulgación de la Ley 2/2023 de Protección al Informante la obligación que tienen las empresas de más de 50 trabajadores, de establecer un Canal Interno de Denuncias sobre incumplimientos de los que se tenga conocimiento en el seno de la empresa, sea de normativa penal o infracciones graves en materia administrativa.
En cumplimiento de las previsiones de dicha Ley se ha habilitado por la AUTORIDAD INDEPENDIENTE DE PROTECCIÓN AL INFORMANTE (AIPI) el sistema para informar a dicha autoridad del responsable interno de gestionar dicho canal, hasta el próximo 10 de abril.
NOVEDADES LEGISLATIVAS
Real Decreto-ley 4/2026, de 10 de febrero, por el que se garantiza la accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia.
PDF (BOE-A-2026-3084 – 8 págs. – 229 KB)
Se establecen medidas para evitar subidas abusivas de precios en situaciones de emergencia, protegiendo a consumidores garantizando acceso a bienes y servicios esenciales. Se prohíbe incrementar precios por encima del máximo aplicado en los 30 días anteriores a la emergencia.
Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
PDF (BOE-A-2026-3212 – 76 págs. – 665 KB)
Regula cómo se suministra y comercializa la electricidad y protege al consumidor en el mercado eléctrico.
Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero, por el que se modifican y derogan determinadas disposiciones en materia alimentaria.
PDF (BOE-A-2026-4519 – 15 págs. – 293 KB)
Modifica y deroga disposiciones para adaptarlas a la evolución tecnológica, productiva y comercial del sector alimentario, refuerza la información al consumidor y clarifica el uso de determinadas menciones comerciales en alimentos. Por primera vez se fijan criterios objetivos para poder usar la palabra “natural” en derivados cárnicos, evitando interpretaciones engañosas. Modifica reglas sobre grasas comestibles, galletas, horchata de chufa y vinagres, adaptándolas a nuevas demandas de consumo (por ejemplo, productos con menos azúcar) e introduce requisitos más claros de identificación y control en la elaboración de algunos productos cárnicos, reforzando la seguridad alimentaria.
LABORAL
Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. https://www.boe.es/boe/dias/2026/02/19/pdfs/BOE-A-2026-3815.pdf
TRIBUNAL SUPREMO:
Sentencia de 18 de febrero de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal del sindicato Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, anulando (i) el artículo 10.2.a); y ,(ii) artículo 12.1 del Real Decreto, con el alcance de entender suprimida la exigencia la identificación fiscal en la solicitud de inicio del procedimiento previo.
PDF (BOE-A-2026-4974 – 1 pág. – 182 KB)
